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Tutela que busca reintegro de los consejeros de Comfamiliar sigue ‘viva’

Redacción La Última

El Tribunal Superior de Neiva anuló el fallo de tutela de primera instancia proferido por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Neiva que negó las pretensiones de los demandantes y la declaró improcedente. El tribunal consideró que el juez que incurrió en una indebida notificación, lo que transgredió las garantías fundamentales al debido proceso, contradicción y defensa. Es así que el Tribunal ordenó reiniciar el trámite de la tutela.

La acción de tutela fue interpuesta por el abogado Aníbal Andrés Charry Bressan en representación de los consejeros Fernando Lamilla Rincón, Francisco Javier Lozano, Miller Silva Castañeda, José Adán Rodríguez Rojas y José Solórzano, quienes fueron removidos de sus cargos una vez se conoció de la intervención de la Caja de Compensación Familiar del Huila.

Según la magistrada de la Sala Civil, Enasheila Polanía, “La notificación, no es un acto meramente formal, sino que debe surtirse en debida forma y de manera eficaz, es decir, con independencia de la forma adoptada, materialmente debe garantizarse que el acto se haga público, sea puesto en conocimiento del interesado, máxime cuando se trata de la iniciación del trámite de tutela, comoquiera que con ello se concreta el derecho fundamental al debido proceso”.

Es por esto que concluyó que la tutela se tramitó sin satisfacer la notificación efectiva a los vinculados, lo cual transgrede las garantías fundamentales al debido proceso, contradicción y defensa, que le correspondía al  juez salvaguardar.

Así las cosas el Juez Quinto Penal del Circuito tendrá que reabrir el proceso para emitir un fallo de fondo teniendo en cuenta las recomendaciones del Tribunal.

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