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Cotizar pensión en el exterior si es posible

ECONOMÍA

La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo, en el cual se declara el ‘Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)’, con el fin de acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de origen común, según informó el Ministerio de Trabajo. 

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social es el primer instrumento internacional a nivel iberoamericano que protege los derechos de millones de trabajadores migrantes, sus familias y trabajadores de multinacionales en el ámbito de prestaciones económicas, mediante la coordinación de legislaciones nacionales en materia de pensiones, como garantía de la seguridad económica en la vejez, la incapacidad o muerte, protegidos bajo los esquemas de Seguridad Social de los diferentes Estados Iberoamericanos.

Los colombianos residentes en el exterior SI pueden cotizar a pensión sin pagar EPS. (Se asume que la salud la tiene en el país de residencia).

En Colpensiones la persona debe afiliarse al programa de colombianos en el exterior y se le ofrecen 2 mecanismos para hacer el pago:

  1. Cualquier sucursal de Western Union diligenciando los formatos de QuickPay
  2. Planilla Única Integrada (PILA), haciendo la aclaración que es colombiano residente en el exterior. Para esto debe tener una cuenta en Colombia de la cual le descuentan automáticamente todos los meses.

Si está afiliado a un fondo privado, todos ofrecen el recaudo por PILA, haciendo la aclaración que es colombiano residente en el exterior y algunos tienen convenios con bancos internacionales.

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