Redacción La Última
La Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia a 4 años y 2 meses de prisión contra el exgobernador del Huila Juan Cárdenas Chávez, por irregularidades en la celebración de un contrato en el municipio de San Agustín.
Para la Corte Suprema de Justicia, el exgobernador no vigiló adecuadamente el contrato para la construcción de una piscina que iba a beneficiar a los menores de la capital arqueológica. Según la sentencia, el exgobernador no se apegó a la normatividad, “cuando se trata de obras destinadas a niños debe mediar un mayor celo, de ahí que en este caso como se trataba de una obra que beneficiaría a los niños, Cárdenas Chávez debía observar una mayor diligencia”,señaló la sentencia.
Juan de Jesús Cardenas, fue condenado en primera instancia por las irregularidades registradas durante el trámite y la suscripción del contrato No. 586 de 2002, suscrito por la Secretaría de Vías e Infraestructura del departamento como su delegado y cuyo objeto era construir una piscina para niños del municipio de San Agustín.
Según la Corte, el exmandatario omitió dolosamente cumplir con su deber de supervisar y vigilar la actividad contractual delegada a su secretario de vías e infraestructura, pese a que así se lo exigía el principio de responsabilidad contenido en la Ley 80 de 1993.
“En la Constitución Política existe la obligación superior de proteger a los niños y niñas con el propósito de garantizar su desarrollo armónico e integral, se debe recriminar con dureza la conducta omisiva desplegada por el exgobernador en el contrato estatal”, explicó el alto tribunal.
La sentencia, señala que en el trámite del contrato no hubo planeación, carecía además de los estudios técnicos, lo cual conllevó a que se contrataran mayores cantidades de obra, adicionando valores que incluso superaron el ciento por ciento del valor inicial del contrato.
Cabe resaltar que la condena es excarcelable.