Regional
La Asamblea del Departamento del Huila anunció la aprobación de dos ordenanzas, la 0005 y la 0006 de 2024, ambas impulsadas por el diputado Sergio Trujillo. Estas medidas tienen como objetivo primordial beneficiar a los campesinos del Huila, facilitando el acceso a la regularización de la propiedad rural y promoviendo el desarrollo agrícola en la región.
Ordenanza No. 0005-2024: Exención del Impuesto de Registro Departamental para la Regularización de la Propiedad Rural
La presente ordenanza establece una exención del ciento por ciento (100%) del pago del Impuesto de Registro Departamental y demás gravámenes asociados, para aquellos beneficiarios determinados dentro de la implementación de la Estrategia Territorial para la Gestión de la Regularización de la Propiedad Rural en el Departamento del Huila.
Esta iniciativa, en consonancia con la Ley 160 de 1994 y otras disposiciones legales pertinentes, busca agilizar los procesos de titularidad predial de bienes inmuebles rurales, otorgando beneficios fiscales a través de sentencias judiciales, actos administrativos, contratos, escrituras públicas y resoluciones de adjudicación.
Para acceder a estos beneficios, los interesados deberán cumplir con los requisitos establecidos, incluida la certificación expedida por la Secretaría de Agricultura y Minería del Departamento del Huila, que avale su participación en la estrategia de regularización.
La Ordenanza No. 0005-2024 entrará en vigencia a partir de su sanción y publicación por parte del Gobernador del Huila, extendiéndose hasta el 31 de diciembre de 2027.
Ordenanza No. 0006 de 2024: Exención del Impuesto de Registro Departamental para Beneficiarios de Programas de la Agencia Nacional de Tierras
Por otro lado, la Ordenanza No. 0006 de 2024 autoriza la exención del Impuesto de Registro Departamental y otros gravámenes asociados, para los beneficiarios de los programas de la Agencia Nacional de Tierras, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Esta medida busca facilitar la titulación de la propiedad rural a los beneficiarios de dichos programas, garantizando así la materialización de los derechos en el marco del Ordenamiento Social de la Propiedad Rural.
La exención se aplicará a través de la presentación de la certificación expedida por la Agencia Nacional de Tierras, confirmando la participación de los interesados y los predios correspondientes en los programas de titulación de la propiedad rural.
Al igual que la Ordenanza anterior, la No. 0006 de 2024 tendrá vigencia desde su sanción y publicación, hasta el 31 de diciembre de 2027.