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Por participación en política, Procuraduría destituye e inhabilita a exrector de institución educativa de Tesalia

Judicial

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad por ocho años, al entonces rector de la Institución Educativa Pacarní de Tesalia (Huila), Pedro Páramo Quintero, por haber utilizado su cargo para realizar actividades vinculadas a partidos y movimientos políticos.

El ente de control demostró que, de manera voluntaria, el disciplinado subió a las redes sociales fotos y publicaciones con las que comprometió la neutralidad política de su cargo y afectó la imparcialidad de su función como máxima autoridad del colegio.

En su decisión, la Procuraduría aseveró que Páramo Quintero trasgredió las normas éticas y legales que estaba obligado a cumplir, pues “(…) aunque el rector tenía el derecho a expresar su opinión, tenía que ser consciente de las limitaciones impuestas por su posición pública, especialmente en lo que respecta a la protección de la neutralidad institucional”.

Y recordó que la libertad de expresión en redes sociales es un derecho fundamental de los servidores públicos, incluidos los rectores y está garantizado por la Constitución, “(…) No obstante, esta libertad no es absoluta y está sujeta a restricciones cuando se trata de participación política activa (…)”, precisando que actualmente está limitada a inscribirse como miembros de un partido político y a ejercer el derecho al voto.

Por último, la Entidad calificó la falta del exfuncionario como gravísima cometida a título de culpa gravísima, al considerar que el disciplinado incurrió en una desatención elemental por su negligencia evidente respecto a la responsabilidad inherente al cargo, al asumir erróneamente que su conducta estaba amparada por el derecho a la intimidad.

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