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Inicia el calendario para declarar renta: plazos, sanciones y uso de la firma electrónica

ECONÓMICAS

A partir del próximo 12 de agosto y hasta el 24 de octubre, las personas naturales deberán presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024. El cronograma definido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) establece las fechas exactas de vencimiento según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).

No cumplir con este proceso dentro del plazo establecido puede implicar sanciones económicas. La penalización mínima es de 10 Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale a aproximadamente $498.000 pesos colombianos en 2025. A esto se suman intereses por mora del 5 % mensual sobre el valor del impuesto adeudado, que podrían alcanzar hasta el 100 % del total no pagado.

En los casos en que la declaración sea considerada como no presentada —por ejemplo, si falta la firma del declarante—, se pueden imponer sanciones adicionales. Sin embargo, la normativa permite reducciones hasta del 80 % de estas multas si el error se subsana oportunamente.

Requisito digital: firma electrónica para realizar trámites

La firma electrónica es obligatoria para realizar la declaración de renta de forma virtual. Este mecanismo tiene validez legal equivalente a una firma manuscrita y permite adelantar distintos trámites sin necesidad de desplazarse a una sede física de la DIAN.

Los contribuyentes deben asegurarse de que sus datos estén actualizados en el Registro Único Tributario (RUT), especialmente el correo electrónico, ya que es utilizado durante el proceso de autenticación.

Pasos para generar o renovar la firma electrónica

El proceso para generar una nueva firma electrónica o renovar una caducada puede realizarse en línea. Estos son los pasos:

  1. Actualización de datos: Verificar que el RUT esté vigente y contenga un correo electrónico válido.
  2. Acceso al portal: Ingresar a www.dian.gov.co, seleccionar el acceso transaccional y autenticarse como usuario registrado.
  3. Gestión de la firma: Ingresar a la opción “Gestionar mi firma electrónica” y seguir las instrucciones para su generación.
  4. Confirmación de identidad: Introducir un código de verificación enviado al correo o número de teléfono registrado.
  5. Creación de contraseña: Establecer una clave segura y aceptar los términos del servicio.
  6. Generación y descarga: Finalizar el proceso y guardar el archivo en un lugar seguro.

La firma electrónica tiene una vigencia de tres años. Su renovación puede hacerse en línea incluso después de su vencimiento, sin necesidad de agendar una cita presencial.

Este año, la DIAN continúa promoviendo el uso de herramientas digitales para facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y garantizar la seguridad en los trámites virtuales.

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