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Corte Constitucional negó tutela de Tito Murcia. Luz Pastrana se mantiene en la curul

Redacción La Última

Finalmente la ‘novela’ de cambio Radical en el Huila por la curul en la Cámara de Representantes tuvo un desenlace. La Corte Constitucional, con salvamento de voto del magistrado Vladimir Fernández, negó una tutela que interpuso Jorge ‘Tito’ Murcia, con la que buscaba tumbar un fallo del Consejo de Estado que lo sacó del Congreso por haber incurrido en doble militancia.

La corte confirmó la sentencia del Consejo de Estado del 11 de octubre y revocó otras sentencias.

En contexto

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Jorge Dilson ‘Tito’ Murcia Olaya como representante a la C, y su llamamiento a ocupar una curul por el departamento del Huila, por haber incurrido en doble militancia, al no renunciar a la condición de directivo del partido Conservador 12 meses antes de ser inscrito como candidato por el partido Cambio Radical.

La Sala encontró que, el demandado fue designado automáticamente para integrar el Directorio Departamental del Huila al haber sido candidato a la Cámara de Representantes, para el periodo 2018-2022, modalidad denominada “miembros por derecho propio” contemplada en los estatutos del partido Conservador. Del material probatorio se concluyó que el señor Jorge Dilson Murcia Olaya tomó posesión del cargo y estuvo en la instalación del directorio, por lo que, tenía conocimiento de su calidad de directivo.

El demandado renunció al partido Conservador el 19 de octubre del 2021 y fue inscrito por el partido Cambio Radical como candidato a la Cámara de Representantes del Huila, el 10 de diciembre del 2021, transcurriendo solo un (1) mes y veintiún (21) días, lo cual desconoce el periodo de doce (12) meses que señala el artículo 2º de la Ley 1475 del 2011 y por ende incurriendo en doble militancia.

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