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Procuraduría pidió información a 19 alcaldes del Huila por incumplir Ley de cuotas

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Redacción La Última

La Procuraduría General de la Nación requirió a 19 alcaldes y 10 directores de entidades territoriales de Huila y Cauca informar las razones por las que no han cumplido con el porcentaje de mujeres nombradas en cargos de decisión establecido en la Ley de Cuotas. 

En desarrollo de una acción preventiva, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Garzón, Huila, solicitó la información luego de verificar que, según los registros del Departamento Administrativo de la Función Pública, no han nombrado al menos un 30 % de mujeres en cargos de dirección en cada una de esas entidades.

La petición fue realizada a los alcaldes de Acevedo, Altamira, Agrado, Garzón, Gigante, Palestina, Pital, Guadalupe, Suaza, La Plata, La Argentina, Nátaga, Tarqui, Tesalia, Timaná, Isnos, Saladoblanco, Oporapa y Elías, en el departamento del Huila.

“El incumplimiento de lo ordenado en este artículo constituye causal de mala conducta, que será sancionada con suspensión hasta de 30 días en el ejercicio del cargo y con destitución de este en caso de persistir en la conducta, de conformidad con el régimen disciplinario vigente”, precisó la Procuraduría.

¿En qué consiste la ley de cuotas?

La ley de cuotas en una medida de orden nacional en las entidades públicas que busca generar un equilibrio en la cantidad de hombres y mujeres en cargos directivos, por lo cual fija un mínimo de representación femenina.

Para el Observatorio para la Igualdad de Género de la ONU, Colombia tiene en registro 2 leyes que pretenden garantizar la participación no solo en entidades públicas, sino en política, sin discriminación del género.

Las primera ley que contemplan este mínimo de igualdad es la Ley 581 del 31 de mayo de 2000, que habla de un porcentaje de género para altos cargos, los cuales podrán tomar decisiones sobre bienes y políticas públicas.

La segunda ley es el artículo 4 de la Ley Estatutaria 1475 que garantiza la equidad entre hombres y mujeres, o con distintas preferencias sexuales, la cual salvaguarda el derecho de participar en actividades políticas, como dirigir partidos, acceder a los debates electorales, obtener representación.

  

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