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La JEP dicta primera sentencia y condena a la pena máxima estipulada en el acuerdo de paz a exjefes de las FARC

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La JEP dictó su primera sentencia por el caso 01 relacionada con los secuestros: el último Secretariado de las Farc-EP fue condenado con la máxima Sanción Propia y trabajará por 8 años en búsqueda de personas desaparecidas, acción integral contra minas, recuperación del medio ambiente y reparación simbólica.

Tal como lo estableció el Acuerdo Final de Paz, los integrantes del Secretariado de las Farc-EP recibieron Sanciones Propias restaurativas tras dejar las armas, aportar a la verdad y reconocer su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Los sancionados por la Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal de Paz son: Rodrigo Londoño Echeverri, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel Redondo, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.

Los comparecientes de las Farc-EP realizarán trabajos, obras o actividades durante 8 años —el tiempo máximo previsto en el Acuerdo Final de Paz— para contribuir a la reparación de las víctimas.

Como parte de la sanción, inicialmente se priorizó un proyecto de búsqueda, identificación y entrega digna de personas dadas por desaparecidas en el cementerio de Palmira, Valle del Cauca. La JEP definió que, además de este, los comparecientes desarrollarán otros proyectos que se irán implementando progresivamente hasta cumplir la sanción.

También se priorizó un proyecto de memoria en el que los comparecientes deberán realizar relatos dignificantes que empezarán en Cali y Neiva, así como labores operativas como transcripciones, sistematización de información y apoyo en la organización de eventos orientados a la memoria y la reparación simbólica de las víctimas. Asimismo, deberán participar en obras donde se instalen dispositivos de memoria.

Los sancionados tendrán restricciones de derechos y libertades, entre ellas las relacionadas con la movilidad, la residencia y el trabajo. Deberán cumplir horarios, permanecer en los lugares determinados, estar bajo monitoreo permanente mediante un dispositivo electrónico y participar en los proyectos restaurativos durante el tiempo fijado en la sentencia.

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