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Residir en el exterior no impide acceder a una pensión en el sistema colombiano. Los ciudadanos que viven fuera del país pueden continuar cotizando, completar los requisitos legales y recibir su mesada en el lugar donde tengan establecida su residencia.
El esquema vigente permite que los connacionales se afilien o sigan aportando como trabajadores independientes, incluso si su actividad laboral principal se desarrolla fuera de Colombia. Esta figura ha sido utilizada por miles de colombianos que buscan mantener activa su historia laboral dentro del sistema nacional.
Cuando el afiliado acredita su residencia en el exterior, los aportes se destinan únicamente al componente pensional. En esos casos, no existe la obligación de cotizar al sistema de salud en Colombia, lo que reduce el valor mensual de los aportes y facilita la continuidad de las cotizaciones desde fuera del país.

Los pagos pueden realizarse por medios electrónicos y a través de operadores autorizados, lo que permite efectuar los aportes sin necesidad de desplazarse a Colombia. Este mecanismo ha ampliado el acceso para quienes residen en países donde no existen oficinas físicas del sistema colombiano.
El marco normativo también contempla la posibilidad de integrar semanas cotizadas en otros países. A través de convenios internacionales de seguridad social, los tiempos laborados en el exterior pueden sumarse al historial colombiano, siempre que se cumplan los procedimientos de certificación y validación establecidos.
Estos convenios aplican para pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, lo que permite que trayectorias laborales desarrolladas en más de un país sean tenidas en cuenta al momento de evaluar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.
Una vez reconocida la pensión, el beneficiario puede solicitar que la mesada sea girada al país donde reside. El sistema contempla mecanismos bancarios para realizar estos pagos de forma periódica, sin que el pensionado deba regresar a Colombia para recibirlos.
Las reglas vigentes del sistema pensional mantienen estas alternativas para los colombianos en el exterior, lo que permite que quienes migraron por razones laborales o familiares sigan construyendo su derecho a la pensión dentro del país, siempre que mantengan sus aportes y cumplan con las condiciones legales.

