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Contraloría ratifica que no hubo daño fiscal en el contrato del PAE durante administración de Gorky Muñoz

Redacción La Última

La Contraloría General de la República, a través de la Contraloría Delegada Intersectorial No. 5 de la Unidad de Responsabilidad Fiscal, confirmó mediante el Auto No. URF2–1879 del 30 de diciembre de 2025, el archivo definitivo del Proceso Ordinario de Responsabilidad Fiscal PRF No. 80413-2021-39130, al concluir que no existió daño patrimonial al Municipio de Neiva en la ejecución del Contrato de Suministro No. 1093 de 2020, correspondiente al Programa de Alimentación Escolar (PAE).

La decisión se produce tras surtirse el grado de consulta obligatorio, mecanismo de control previsto en el artículo 18 de la Ley 610 de 2000, y ratifica el archivo previamente ordenado por la Gerencia Departamental Colegiada del Huila, al demostrarse la inexistencia del elemento esencial de la responsabilidad fiscal: el daño cierto, especial y cuantificable al erario.

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El proceso fiscal, iniciado en 2022, evaluó presuntos sobrecostos en la adquisición de raciones alimentarias durante la emergencia sanitaria por COVID-19, en un contrato cuyo valor inicial superó los $12.500 millones. Inicialmente, se estimó un presunto detrimento por $701.310.992, derivado de la comparación entre precios contractuales y el boletín mayorista SIPSA–DANE.

Sin embargo, el informe técnico definitivo, elaborado por la profesional universitaria Yudi Yohana Méndez, fue determinante para desvirtuar dicha hipótesis. El estudio incorporó cotizaciones reales de proveedores locales, análisis de mercado contextualizado y la evaluación de costos indirectos y logísticos propios de la ejecución del PAE en condiciones de pandemia.

El informe concluyó que los precios contratados por el Municipio de Neiva se encontraban por debajo de los promedios del mercado local para la época, evidenciando que:
• El kilo de arroz contratado a $3.493 era inferior al promedio de mercado identificado ($5.033).
• El flan de huevos tipo A contratado a $10.200 también resultó inferior al promedio de mercado ($17.633).

Estos hallazgos demostraron que los valores pactados no solo no generaron detrimento, sino que fueron favorables frente a las condiciones reales del mercado durante la emergencia sanitaria.

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La Contraloría precisó que los precios SIPSA–DANE no podían utilizarse como único referente técnico, al tratarse de precios mayoristas que no incluyen variables críticas como transporte especializado, empaque individual, logística de distribución domiciliaria, protocolos de bioseguridad, pólizas e impuestos, todos necesarios para la operación del PAE durante la pandemia.

Así mismo, se concluyó que no era técnicamente viable estructurar un estudio de mercado retroactivo con absoluta certeza, dadas las distorsiones propias del mercado de alimentos en 2020, lo que impide demostrar la existencia de un daño fiscal con el estándar de certeza exigido por la ley.

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Con fundamento en el principio de realidad material, la Contraloría determinó que la gestión fiscal adelantada cumplió con los principios de economía, eficiencia y finalidad pública, y ordenó el archivo definitivo del proceso, cobijando a todos los vinculados, incluido el entonces Secretario de Educación y los terceros civilmente responsables.

La decisión también dejó sin efectos cualquier imputación fiscal y confirmó que no hubo pérdida de recursos públicos, cerrando de manera definitiva el expediente.

Este fallo representa una nueva victoria jurídica para Gorky Muñoz Calderón, hoy candidato al Senado de la República por el Frente Amplio Unitario, al ratificarse que durante su administración como alcalde de Neiva no se causó detrimento patrimonial alguno y que las decisiones adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria se ajustaron plenamente a la ley y a las condiciones reales del mercado.

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