Redacción La Última
La justicia negó la acción de tutela presentada por el parejo Jesús Fernando Tejada y dejó en firme, por ahora, la medida preventiva adoptada por la Gobernación del Huila y Corposanpedro para garantizar espacios seguros a las candidatas.
La Gobernación del Huila y Corposanpedro tenían razón al adoptar una medida preventiva frente a la participación de Jesús Fernando Tejada Bonilla como parejo oficial del Festival del Bambuco en San Juan y San Pedro 2026.
Así se desprende del fallo proferido por el Juzgado Octavo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva, que negó por improcedente la acción de tutela instaurada por Tejada Bonilla contra el Departamento del Huila, la Secretaría de Cultura Departamental, Corposanpedro, la Alcaldía de Neiva y otras entidades vinculadas.
El accionante pretendía que se dejaran sin efectos las decisiones mediante las cuales fue separado temporalmente como parejo oficial del certamen, luego de conocerse una denuncia penal instaurada por la candidata representante del municipio de Pitalito, relacionada con presuntas conductas indebidas en actividades preparatorias del festival.
Sin embargo, el despacho judicial concluyó que la tutela no era procedente, entre otras razones, porque el accionante cuenta con otros mecanismos judiciales y administrativos para controvertir la decisión, como los recursos interpuestos y el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. Además, el juez señaló que no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la intervención inmediata del juez constitucional.
Uno de los apartes más relevantes del fallo retoma el concepto de la Defensoría del Pueblo, según el cual las decisiones adoptadas por las entidades accionadas constituyen, en principio, una respuesta institucional legítima y compatible con el deber reforzado de protección frente a mujeres que denuncian posibles hechos de violencia o acoso, especialmente en escenarios donde existe interacción directa derivada del certamen cultural.
El fallo también deja claro que esta medida no constituye una condena penal ni un juicio anticipado sobre la responsabilidad del accionante, asunto que corresponde definir exclusivamente a las autoridades competentes.
No obstante, sí reconoce que las entidades organizadoras tienen el deber de actuar con debida diligencia para prevenir riesgos, proteger a las participantes y garantizar un Festival del Bambuco seguro, respetuoso y libre de violencias.
La decisión judicial representa un respaldo institucional a la actuación de la Gobernación del Huila y Corposanpedro, que optaron por privilegiar la prevención, la protección de las candidatas y la tranquilidad del certamen, antes que asumir una actitud pasiva frente a una denuncia de especial sensibilidad.
Con este fallo, queda claro que la defensa de las tradiciones huilenses no puede estar desligada de la garantía de derechos, el respeto por las mujeres y la construcción de escenarios culturales seguros.
El Festival del Bambuco es patrimonio, identidad y orgullo regional; pero también debe ser un espacio donde ninguna mujer se sienta expuesta, intimidada o desprotegida.
