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El Gobierno del presidente Gustavo Petro declaró, mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, “el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional” con el que espera recaudar los $16,3 billones que permitan hacerle frente al déficit fiscal tras el hundimiento de la Ley de Financiamiento en el Congreso de la República.
La declaratoria le permite al Ejecutivo dictar decretos con fuerza de ley para conjurar la situación durante un periodo de 30 días calendario, así como a establecer nuevos tributos o modificar los existentes, según lo establecido por el artículo 215 de la Constitución Política.
El Decreto 1390, que lleva la firma de todos los ministros del gabinete y del jefe de Estado, lo faculta para adoptar mediante decretos legislativos “todas las medidas que sean necesarias y estén destinadas exclusivamente a conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, incluyendo las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”, según el artículo 2 de la norma.
Además, dice el artículo 4, El Gobierno nacional tendrá que convocar al Congreso de la República para el décimo día siguiente al vencimiento del cese de Estado de Emergencia Económica, según el artículo 21 de la Constitución y el artículo 46 de la Ley 137 de 1994, “con el fin de que se realice el control político sobre el ejercicio de las facultades extraordinarias del Gobierno nacional”.
El decreto declaratorio ahora pasará a revisión de la Corte Constitucional para su estudio jurídico.
Los argumentos para la declaratoria
En los considerandos del decreto de declaratoria del Estado de Emergencia, el Gobierno nacional argumenta, entre otras, las siguientes razones:
– La situación grave e inminente que enfrenta la nación consistente en la incapacidad material y jurídica de garantizar el goce de algunos derechos fundamentales.
– La nación enfrenta una coyuntura fiscal excepcional agudizada por hechos concurrentes y sensibles socialmente.
– Varios hechos sobrevinientes y concurrentes afectan de manera extraordinaria la actual situación de las finanzas de la nación.
– Entre otras causas que enuncia el Decreto 1390 están:
1- Obligatoriedad de cumplimiento del Auto de la Corte Constitucional relacionado con la UPC de salud.
2- Garantía de seguridad ciudadana por recientes alteraciones de orden público, y protección por agravamiento del riesgo por atentados a líderes sociales, defensores de derechos humanos y candidatos para las próximas elecciones.
3- No aprobación por parte del Congreso de la República de dos proyectos sucesivos de Ley de Financiamiento para las vigencias fiscales 2025 ($12 billones) y 2026 ($16,3 billones).
4- Desastres naturales causados por la actual ola invernal.
5- Sentencias judiciales pendientes de pago.
6- Obligaciones atrasadas de origen legal (subsidios de servicios públicos eléctricos y combustible).
7- Agotamiento de las alternativas de endeudamiento (Regla Fiscal) y cláusulas derivadas de las medidas unilaterales del Gobierno de los Estados Unidos.
8- Restricciones en la caja de la Tesorería General de la Nación.
La semana pasada, el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, al anunciar la Emergencia Económica y Social, aseguró: “Estamos cerrando un año de esfuerzos de equilibrio fiscal, fundamentalmente porque los ingresos tributarios no crecieron al ritmo que se habían planteado”.
A ello su sumaron hechos como el hundimiento del proyecto de Ley de Financiamiento, la entrada en vigencia Ley de Garantías Electorales que restringe la contratación pública, y la desfinanciación del Presupuesto General de la Nación de 2026 en $16,3 billones.
En los próximos días el Gobierno del presidente Gustavo Petro anunciará las primeras medidas que se adoptarán por cuenta de la Emergencia Económica y Social a través de decretos reglamentarios.
