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A pocos dĂas de cumplirse el plazo para el pago de la prima de servicios de mitad de año, el Ministerio del Trabajo recordĂł que este derecho laboral debe liquidarse teniendo en cuenta no solo el salario básico de los trabajadores, sino tambiĂ©n otros factores salariales que hayan sido percibidos durante el semestre.
La cartera laboral señalĂł que conceptos como las horas extras, los recargos nocturnos, el trabajo realizado en domingos y festivos, asĂ como las comisiones, pueden incidir en el valor final de la prima cuando constituyen salario. Por esta razĂłn, algunos trabajadores podrĂan recibir un monto superior al esperado en comparaciĂłn con quienes perciben ingresos fijos.
La aclaraciĂłn surge en medio de las consultas que suelen presentarse durante junio sobre la forma en que debe calcularse esta prestaciĂłn social. SegĂşn explicĂł el Ministerio, la liquidaciĂłn debe realizarse con base en los ingresos salariales obtenidos durante el periodo trabajado, por lo que los pagos adicionales reconocidos al empleado pueden reflejarse en el valor de la prima.
La entidad tambiĂ©n recordĂł que la prima de servicios es una obligaciĂłn legal para los empleadores y corresponde al reconocimiento de quince dĂas de salario por cada semestre laborado. Cuando el trabajador no ha completado los seis meses, el pago debe efectuarse de manera proporcional al tiempo trabajado.
El beneficio cobija a quienes mantienen una relación laboral formal mediante contrato de trabajo, independientemente de que este sea a término fijo, indefinido o por obra o labor. Asimismo, aplica para trabajadores del servicio doméstico y otras modalidades amparadas por la legislación laboral vigente.
El Ministerio del Trabajo reiterĂł que la fecha lĂmite para el pago de la prima de mitad de año es el 30 de junio. Con la llegada de este ingreso adicional, miles de trabajadores en el paĂs recibirán recursos que en muchos casos son destinados al cumplimiento de obligaciones econĂłmicas, gastos familiares o ahorro.
