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¿Está listo para escoger su ACCAI antes del 16 de enero?

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Este jueves 16 de enero concluye el plazo para que los trabajadores elijan la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), encargada de gestionar el ahorro obligatorio complementario en el nuevo sistema pensional. Esta decisión es crucial, ya que determinará cuál entidad se ocupará de los fondos correspondientes al componente de ahorro individual, que forma parte de la reforma pensional que entrará en vigor el 1° de julio de 2025.

Según lo establecido por la nueva legislación, todos los trabajadores deberán cotizar en Colpensiones hasta un monto máximo de $3.273.050. Si el salario de un trabajador supera esa cifra, el excedente será administrado por una de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), que serán las encargadas de gestionar los fondos del ahorro adicional. 

 ¿Qué son las ACCAI?

La Superintendencia Financiera de Colombia otorgó, la semana pasada, las primeras licencias a las ACCAI, que serán las entidades encargadas del ahorro complementario de aproximadamente 350.000 trabajadores que actualmente están afiliados a Colpensiones. Según Andrés Velasco, presidente de Asofondos, los trabajadores tienen hasta el 16 de enero para realizar su elección. Además, aclaró que, en el caso de aquellos trabajadores que ya están afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), la ACCAI será la misma administradora, a menos que el trabajador decida cambiarla.

Si el trabajador no elige una ACCAI antes del 16 de enero, el Gobierno Nacional asignará una administradora de forma aleatoria, conforme a lo que establece la normativa vigente.

Proceso para escoger la ACCAI

1. Ingrese a la página web de cualquiera de las cuatro ACCAI autorizadas: Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia. 

2. Compare las opciones y la información de las cuatro entidades.

3. Seleccione la que más se ajuste a sus necesidades.

4. Complete el formulario o haga clic en el botón para contactar con un asesor.

5. Siga los pasos indicados para finalizar el proceso de selección.

Consideraciones adicionales

La reforma pensional establece un régimen diferenciado para los trabajadores con un número específico de semanas cotizadas. Los hombres que cuenten con 900 semanas cotizadas o más seguirán siendo parte del régimen de la Ley 100 de 1993, mientras que los que tengan menos semanas cotizadas se trasladarán al nuevo sistema. En el caso de las mujeres, quienes tengan 750 semanas cotizadas o más seguirán en el antiguo régimen, y aquellas con menos de 750 semanas pasarán al nuevo sistema.

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