Regional
La polémica desatada por ocho concejales del municipio de La Plata, en cabeza de Jharol Arneth Alvira Noriega, ponente de un proyecto que pretendía cambiar el monto de los subsidios que le otorga la administración municipal a los estratos 1 y 2 y el porcentaje de aporte solidario a los estratos comercial e industrial en la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el municipio llegó a su fín.
El Tribunal Administrativo del Huila, en única instancia, ordenó acoger las objeciones que el alcalde en su momento Camilo Ospina presento al proyecto del acuerdo que buscaba modificar los porcentajes de la prestación de los servicios públicos, sin el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal, ni haber realizado un estudio de compatibilidad fiscal, ni agotado el mecanismo para establecer el monto de los beneficios

Para la Sala Quinta, los concejales que apoyaban la iniciativa, desconocieron la normativa. Según la oficina Jurídica de la administración municipal, hubo extralimitación de sus funciones, tampoco escucharon las recomendaciones de las veedurías ni órganos de control y violaron el reglamento de la Corporación. Y Por el contrario, la decisión del fallo respalda las objeciones presentadas por el mandatario de La Plata Camilo Ospina.

“Las objeciones que el alcalde de la Plata presentó al proyecto de Acuerdo No. 13-020 de 2024, “Por medio del cual se establece el monto de los subsidios a otorgar a los usuarios de los estratos uno, dos y tres y el porcentaje de aporte solidario a los estratos comercial e industrial, en la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el municipio de la Plata Huila” y como consecuencia de ello, ordenó que se archive el citado proyecto”, señala el fallo.
En noviembre comenzó el conflicto
El pasado 5 de noviembre del 2024, el alcalde del municipio de la Plata radicó ante el concejo el proyecto de acuerdo 13-020, “Por medio del cual se establece el monto de los subsidios a otorgar a los usuarios de los estratos uno y dos”. El proyecto de la administración municipal establecía un subsidio del 50% para el estrato 1 y del 20% para el estrato 2, basados en lo establecido en el Plan de Desarrollo y el presupuesto del municipio para 2025.

El 22 de noviembre de ese mismo año, el concejal Jharol Arneth Alvira Noriega, ponente de la comisión segunda, solicitó modificar los porcentajes de los subsidios en los estratos 1 y 2 e incluir el estrato 3; el concejal ponente, solicitó en comisión cambiar la fórmula aumentando los porcentajes para el estrato 1 al 60%, el estrato 2 al 40% e incluir al estrato 3 en un 10%.
Esta propuesta según la administración municipal, no estaba de acuerdo al plan de desarrollo y no era coherente con el presupuesto del 2025, que para brindar esos subsidios dispone de 965 millones de pesos aproximadamente.
Sin embargo en comisión del Concejo y pese a la advertencia, la mayoría de los concejales aprobaron la fórmula propuesta por el ponente y pasó el presupuesto de 965 millones de pesos a 1600 millones de pesos, recursos que hoy no están en el presupuesto del municipio, por tal motivo Ospina lo objetó.
Con esta decisión, el Tribunal estableció que la controversia no solo se trata de un desacuerdo político, sino de una cuestión que afecta directamente a las familias más vulnerables, las cuales no solo se enfrentan a la pérdida de beneficios. Como resultado, los estratos 1 y 2 comenzaron a pagar tarifas más altas por los servicios públicos a partir de enero de 2025, lo que ha generado gran preocupación entre los ciudadanos más vulnerables de La Plata.