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Tribunal ordena garantizar el derecho al voto de personas privadas de la libertad sin condena en CDT de Neiva

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenĂł proteger el derecho al voto de las personas sindicadas recluidas en centros de detenciĂłn transitoria (CDT) de Neiva, en Huila, y Yopal, en Casanare, al concluir que las barreras administrativas y logĂ­sticas no pueden impedir la participaciĂłn polĂ­tica de ciudadanos amparados por la presunciĂłn de inocencia.

La decisiĂłn revocĂł el fallo de primera instancia y respaldĂł la actuaciĂłn de la DefensorĂ­a del Pueblo, que acudiĂł a una acciĂłn de tutela para evitar la exclusiĂłn electoral de esta poblaciĂłn en las elecciones presidenciales del 2026.

Esta tutela fue presentada por la entidad contra la RegistradurĂ­a Nacional del Estado Civil, al considerar que las omisiones y la falta de articulaciĂłn institucional entre las autoridades competentes estaban poniendo en riesgo el derecho al voto de las personas sindicadas recluidas en CDT.

En la providencia fue reconocido que la DefensorĂ­a estaba legitimada para actuar como agente oficioso de las personas privadas de la libertad, teniendo en cuenta las condiciones de vulnerabilidad e indefensiĂłn en las que se encuentran, asĂ­ como las limitaciones reales que enfrentan para reclamar directamente la protecciĂłn de sus derechos fundamentales.

Acopio de pruebas

Durante el proceso, la DefensorĂ­a del Pueblo evidenciĂł que las personas recluidas en los CDT y los comandos de atenciĂłn inmediata (CAI) de Neiva y Yopal estaban en riesgo de quedar excluidas de los comicios presidenciales, pese a no tener condena en firme y conservar plenamente sus derechos polĂ­ticos.

De acuerdo con la informaciĂłn aportada al proceso, en Neiva habĂ­a al menos 318 personas sindicadas en esta situaciĂłn, y en Yopal decenas de ciudadanos privados de la libertad habĂ­an manifestado su intenciĂłn de participar en las elecciones presidenciales de este 2026.

La problemática es generalizada

La entidad también alertó que esta problemática no es aislada. Según cifras presentadas en la acción de tutela, más de 17.000 personas sin condena permanecen recluidas en estaciones de Policía y unidades de reacción inmediata (URI) en todo el país, enfrentando el riesgo de no poder ejercer su derecho al sufragio por falta de medidas institucionales que permitan garantizar su participación electoral.

Durante el trámite judicial, la Registraduría Nacional argumentó dificultades técnicas, logísticas y normativas para habilitar puestos de votación en centros de detención transitoria, señalando que estos lugares no hacen parte de la División Política Electoral ni tienen la categoría formal de establecimientos penitenciarios.

No obstante, la DefensorĂ­a sostuvo que las cargas administrativas y los vacĂ­os de coordinaciĂłn entre entidades no pueden trasladarse a la poblaciĂłn sindicada ni convertirse en una restricciĂłn desproporcionada de su derecho polĂ­tico al sufragio.

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