Judicial
La elección de Wilson Díaz Sterling como contralor departamental para el periodo 2026-2029 se mantiene vigente luego de que el Tribunal Administrativo del Huila negara las pretensiones de las demandas de nulidad electoral presentadas contra el proceso. La decisión, adoptada el 1 de julio, concluyó que no se acreditaron las irregularidades alegadas por los demandantes y ratificó la legalidad del concurso de méritos y de la elección realizada por la Asamblea del Huila.
Durante el estudio del caso, los magistrados revisaron los cuestionamientos relacionados con la convocatoria del proceso, el procedimiento de elección, las presuntas inhabilidades del funcionario, la forma en que se realizó la votación y la posesión. En todos los cargos analizados, el Tribunal concluyó que no existían fundamentos para declarar la nulidad del acto de elección.
Uno de los argumentos de las demandas sostenía que la Asamblea Departamental debía publicar previamente el proyecto de convocatoria para recibir observaciones ciudadanas. Sin embargo, el Tribunal determinó que la elección de contralores territoriales se rige por una normativa especial y que la situación planteada no afectó la legalidad del proceso ni el interés general.
La sentencia también descartó los cuestionamientos sobre el desarrollo de la sesión en la que se realizó la entrevista a los aspirantes y la elección del contralor. Según el fallo, no existe prohibición legal para que ambas actuaciones se lleven a cabo el mismo día y la corporación departamental estaba facultada para realizar la votación mediante voto secreto.
En cuanto a las presuntas inhabilidades, el Tribunal concluyó que el ejercicio del cargo de notario no configura una restricción para aspirar a la Contraloría Departamental. Asimismo, descartó la supuesta inhabilidad por un presunto vínculo familiar al considerar que no fueron acreditadas las pruebas necesarias y que la causal invocada no está contemplada en las normas aplicables para este cargo.
La decisión también rechazó los argumentos relacionados con una supuesta cercanía política con el gobernador del Huila, al considerar que se trataba de afirmaciones sin sustento para declarar la nulidad electoral. De igual forma, precisó que la posesión corresponde a un acto posterior a la elección y, por tanto, no afecta la validez del nombramiento realizado por la Asamblea Departamental. Además, no hubo condena en costas por tratarse de un proceso de interés público.
Tras conocer la decisión, Wilson Díaz Sterling afirmó que el fallo le brinda tranquilidad frente al proceso que dio origen a su elección. “Me da mucha tranquilidad poder tener un pronunciamiento de la justicia sobre todas las actuaciones, todo el proceso desarrollado y mi hoja de vida. Me permite seguir trabajando con mayor tranquilidad y compromiso con el departamento del Huila”, manifestó.
La decisión fue emitida en primera instancia y podrá ser apelada ante el Consejo de Estado.