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El Ministerio de Transporte dejó en firme la eliminación de la Planilla Única de Viaje Ocasional, PUVO, para los vehículos tipo taxi que presten el servicio entre municipios contiguos, de acuerdo con la Resolución 20263040038685, expedida este 22 de septiembre de 2026.
La decisión da continuidad a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 1001 de 2026, mediante el cual se habilitó la movilización de taxis entre localidades que comparten límites territoriales sin que los conductores tengan que presentar o tramitar la planilla que anteriormente se exigía para este tipo de recorridos.
Con la nueva disposición, los taxis que realicen desplazamientos entre municipios contiguos podrán hacerlo sin la PUVO, lo que modifica el procedimiento que venían utilizando los conductores para prestar servicios ocasionales entre localidades cercanas. La medida también elimina los trámites asociados a la expedición del documento para estos recorridos.
La modificación tiene alcance sobre el transporte individual de pasajeros entre municipios colindantes y busca facilitar la operación de los vehículos que atienden desplazamientos de corta distancia entre localidades vecinas. De esta manera, el servicio podrá prestarse sin que cada recorrido requiera la gestión de una planilla.
Sin embargo, la eliminación de la PUVO contempla una excepción para los municipios incluidos en la declaratoria de emergencia establecida mediante el Decreto 1424 del 17 de septiembre de 2026. En estos territorios, la planilla continuará utilizándose de manera temporal como mecanismo para realizar seguimiento y control sobre los desplazamientos de los vehículos de servicio público.
Para los taxis que operen en las zonas cobijadas por la emergencia, la PUVO tendrá condiciones especiales. Su expedición no tendrá costo y los conductores podrán utilizarla para realizar los recorridos que requieran, sin que exista un límite en la cantidad de viajes autorizados mediante este mecanismo.
La vigencia de esta excepción será de máximo seis meses. No obstante, el Ministerio de Transporte estableció que podrá terminar antes si desaparecen las condiciones que dieron lugar a la medida de emergencia. En ese escenario, dejaría de aplicarse la exigencia temporal de la planilla en los municipios afectados.
La diferenciación responde a las condiciones particulares de las zonas incluidas en la declaratoria de emergencia, donde se mantendrá un mecanismo de control sobre la movilidad mientras permanezcan las circunstancias que motivaron la decisión del Gobierno nacional.
Fuera de esos territorios, los taxis podrán desplazarse entre municipios contiguos sin la PUVO, de acuerdo con las disposiciones adoptadas por el Ministerio de Transporte. La medida modifica así el procedimiento que regulaba estos recorridos y establece un esquema diferente para el transporte individual entre localidades que comparten frontera municipal.
La resolución también contempla que las autoridades de transporte podrán establecer restricciones en determinados casos cuando existan razones técnicas relacionadas con la oferta y la demanda del servicio. Para ello deberán contar con el respectivo estudio que sustente la decisión.
Con la entrada en aplicación de esta disposición, los conductores de taxi deberán tener en cuenta si el recorrido que pretenden realizar corresponde a municipios contiguos y si el lugar de destino se encuentra dentro de las zonas cobijadas por la emergencia. Esa diferencia determinará si deben utilizar o no la Planilla Única de Viaje Ocasional.
