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La Ley 2466 de 2025 modificĂł varias disposiciones del CĂłdigo Sustantivo del Trabajo y estableciĂł nuevas reglas para la contrataciĂłn, las jornadas laborales, el trabajo nocturno, los contratos de aprendizaje, las plataformas digitales y la protecciĂłn de diferentes grupos de trabajadores. La norma fue sancionada el 25 de junio de 2025 y su aplicaciĂłn contempla disposiciones con entrada en vigencia inmediata y otras de implementaciĂłn gradual.
Uno de los cambios centrales está relacionado con la contratación. El contrato a término indefinido quedó establecido como la forma general de vinculación laboral, aunque continúan permitidos los contratos a término fijo y por obra o labor determinada en las condiciones previstas por la ley. Los contratos a término fijo deben constar por escrito y no pueden superar los 4 años. Si no cumplen los requisitos establecidos, se entienden celebrados a término indefinido desde el inicio de la relación laboral. En los contratos por obra o labor también debe quedar especificada de manera precisa la actividad contratada y, si el trabajador continúa después de terminada la obra sin que exista una nueva labor claramente definida, la relación puede entenderse como indefinida.
En materia de jornada laboral, la ley mantiene la reducciĂłn gradual hasta llegar a una jornada máxima de 42 horas semanales, que puede distribuirse entre 5 y 6 dĂas, con un dĂa de descanso obligatorio y sin disminuciĂłn del salario. TambiĂ©n modificĂł la definiciĂłn de trabajo nocturno. Desde el 25 de diciembre de 2025, la jornada nocturna comienza a las 7:00 p. m. y termina a las 6:00 a. m. del dĂa siguiente, por lo que las horas trabajadas dentro de ese periodo generan el respectivo recargo nocturno. La reforma tambiĂ©n modificĂł el pago por trabajo en domingos y festivos, cuyo recargo aumentará de manera gradual del 75% al 100%, con incrementos previstos en 2025, 2026 y 2027.
La reforma tambiĂ©n incorporĂł nuevas disposiciones sobre permisos y garantĂas para los trabajadores. Entre ellas se encuentran permisos remunerados para situaciones como calamidad domĂ©stica, citas mĂ©dicas cuando no puedan realizarse fuera de la jornada laboral y obligaciones escolares relacionadas con los hijos. TambiĂ©n se contempla un dĂa de descanso remunerado cada 6 meses para quienes certifiquen el uso habitual de la bicicleta como medio de transporte. La ley establece además reglas para el debido proceso en las actuaciones disciplinarias y exige que los empleadores respeten garantĂas como el derecho a la defensa, la presunciĂłn de inocencia y la proporcionalidad de las sanciones.
Otro de los capĂtulos está dirigido a los trabajadores de plataformas digitales de reparto. La norma diferencia entre quienes tienen una relaciĂłn laboral subordinada y quienes desarrollan la actividad de manera independiente. En ambos casos se establecen obligaciones relacionadas con la seguridad social y los riesgos laborales, de acuerdo con la modalidad de vinculaciĂłn. Las plataformas tambiĂ©n deben informar sobre los sistemas automatizados utilizados para supervisar o tomar decisiones que puedan afectar las condiciones de trabajo. Los trabajadores tienen derecho a solicitar una revisiĂłn humana de decisiones adoptadas o apoyadas por sistemas automatizados, especialmente cuando impliquen restricciones, suspensiones o cancelaciones de sus cuentas.
El contrato de aprendizaje tambiĂ©n cambiĂł. La reforma lo reconoce como un contrato laboral especial y a tĂ©rmino fijo, con una duraciĂłn que no puede superar los 3 años. Los estudiantes universitarios deben recibir un apoyo de sostenimiento mensual equivalente, como mĂnimo, a 1 salario mĂnimo legal vigente. Durante la fase práctica o en la formaciĂłn dual, el aprendiz queda vinculado al sistema de seguridad social bajo las condiciones previstas para los trabajadores dependientes y tiene derecho a las prestaciones correspondientes. Además, el tiempo de la fase práctica o dual debe ser certificado por la empresa y reconocido como experiencia laboral.
La Ley 2466 tambiĂ©n incluye medidas para ampliar la protecciĂłn frente a la discriminaciĂłn y fortalecer la formalizaciĂłn laboral en sectores y actividades con caracterĂsticas particulares. La norma contempla disposiciones para trabajadores rurales, personas con discapacidad, poblaciĂłn migrante, personas en proceso de reincorporaciĂłn y reintegraciĂłn, artistas y trabajadores de las artes y la cultura. En el caso de periodistas y comunicadores sociales, establece reglas relacionadas con la jornada, el reconocimiento del tiempo de trabajo y el descanso compensatorio cuando, por las caracterĂsticas de la actividad, no sea posible disfrutar del dĂa de descanso obligatorio. TambiĂ©n incorpora medidas relacionadas con la transiciĂłn energĂ©tica, la reconversiĂłn laboral y la formaciĂłn para responder a los cambios derivados de la digitalizaciĂłn y la automatizaciĂłn.
En conjunto, la reforma modifica las reglas que rigen buena parte de las relaciones laborales en Colombia y establece un marco en el que el contrato indefinido ocupa un lugar central, mientras se mantienen otras modalidades de vinculaciĂłn bajo requisitos especĂficos. Su aplicaciĂłn implica cambios para empleadores y trabajadores en aspectos como contrataciĂłn, horarios, recargos, aprendizaje, plataformas digitales, protecciĂłn contra la discriminaciĂłn y formalizaciĂłn de actividades laborales. El alcance de algunas disposiciones depende de los plazos de implementaciĂłn establecidos en la propia ley y de su reglamentaciĂłn posterior.
