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Murió mientras hacía fila para conseguir una autorización médica

Redacción La Última

Un hombre de 73 años murio de un infarto fulminante luego de desmayarse mientras hacía fila en las oficinas de la Nueva EPS en Neiva para conseguir una autorización para su esposa.

El adulto mayor identificado como José Alberto Trujillo Perdomo, se encontraba en la fila prioritaria y le faltaban solo cuatro turnos para recibir la atención administrativa. No obstante, de un momento a otro se desvaneció. Personal de la Nueva EPS acudió a atender la emergencia y le hizo labores de reanimación al señor, trasladándolo posteriormente en ambulancia a la clínica Medilaser de Neiva donde después de 40 minutos de trabajo de reanimación falleció.

Quienes se encontraban en el lugar, criticaron que en la oficina de La Nueva EPS no había un desfibrilador para atender una emergencia como está, que sugieren habría podido evitar el fallecimiento. Pero, ¿Qué responde la EPS?

A través de un comunicado, la Nueva EPS señaló que tras percatarse de la emergencia, de inmediato la Oficina con apoyo de personal médico administrativo (Director médico y coordinador de gestión hospitalaria) prestaron los primeros auxilios en consideración a su vocación de médicos y en cumplimiento del juramento hipocrático, por tanto, efectuaron labores para la reanimación del adulto mayor, mientras minutos después, llegó la ambulancia, de acuerdo el requerimiento del servicio.

“El señor José Alberto Trujillo Perdomo fue trasladado en vehículo tipo ambulancia a la Clínica Mediláser, lugar en el que se presenta su deceso”, advierten

Asimismo, indicaron que las maniobras realizadas están dentro de los protocolos y que la oficina administrativa no está en la obligación de tener un desfibrilador.

Segun la legislación colombiana los lugares que deben tener obligatoriamente un desfibrilador son:

Módulos de Estabilización y Clasificación de pacientes – MEC, Puestos de Enfermería y Puestos de Primeros Auxilios.

Terminales de transporte terrestre y aéreo nacional e internacional.

Canchas múltiples en recubrimiento sintético y gimnasios.

Cárceles y centros penitenciarios o de detención de orden nacional, municipal o distrital.

Estadios, coliseos, teatros y circos con aforo mínimo de 500 personas.

Polideportivos, clubes deportivos, centros acuáticos, parques naturales, de diversiones, recreacionales, ciclovías de carácter recreativo ya sea fines de semana, festivos o nocturnos y centros de alto rendimiento o entrenamiento, con afluencia diaria (número de personas usuarias al día) mínimo de 500 personas. En las ciclovías recreativas se acogerá la medida para cada 3 km de recorrido.

Entidades públicas, entre otros.

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