ECONÓMICAS
Con el inicio de 2025, los colombianos comienzan a organizar sus finanzas ante los posibles ajustes en diversos servicios, entre ellos, el arriendo de viviendas. Tal como lo establece la Ley 820 de 2003, los contratos de arrendamiento tienen un mecanismo específico para el ajuste anual del valor del arriendo, vinculado al comportamiento de la inflación.
Condiciones para el aumento
El aumento en el canon de arrendamiento solo podrá aplicarse una vez transcurridos 12 meses desde la firma del contrato. Es decir, si el contrato se firmó en abril de 2024, el arrendador podrá aplicar el incremento hasta marzo de 2025, siendo efectivo en abril de ese mismo año.
Este reajuste está directamente relacionado con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que mide la inflación en el país. De acuerdo con el informe más reciente del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la inflación en 2024 fue del 5,20%, lo que establece el límite máximo de incremento en el valor del arriendo para 2025.
Cálculo del aumento
El aumento máximo que podrá aplicar el arrendador será del 5,20%, lo que significa que el valor del arriendo podría aumentar en esa misma proporción. Para calcular cuánto representaría este incremento, basta con aplicar una regla de tres. Se multiplica el valor actual del arriendo por el porcentaje de ajuste (5,20%) y se divide entre 100.
Por ejemplo, si el valor del arriendo es de $2.000.000 mensuales, el incremento máximo sería de $104.000 (5,20% de $2.000.000), lo que elevaría el pago mensual a $2.104.000.
Proceso de notificación
La ley establece que el arrendador debe notificar el aumento por escrito con al menos 30 días de anticipación, detallando la fecha en que entrará en vigencia el nuevo valor. Esta comunicación debe ser clara y documentada para que ambas partes, arrendador e inquilino, tengan pleno conocimiento del ajuste en el canon.
Es importante tener en cuenta que el incremento solo puede aplicarse si el contrato tiene al menos 12 meses de vigencia, y que la ley prevé un límite en el porcentaje del ajuste, garantizando que el aumento esté alineado con la inflación reportada por el DANE.