ECONÓMICAS
El pago debe realizarse antes del 30 de junio. Conozca cómo se calcula, qué incluye y a quiénes aplica. ¿Incluye horas extra y recargos?
Con la llegada de junio, millones de trabajadores en Colombia se preparan para recibir la prima de servicios, una prestación social obligatoria contemplada por la ley laboral. Este beneficio, equivalente a 15 días de salario por semestre trabajado, debe ser pagado por los empleadores a más tardar el 30 de junio de 2025.
La prima corresponde a un mes de salario por cada año laborado, dividido en dos pagos: uno a mitad de año y otro en diciembre. La Ley 1788 de 2016 establece este derecho para todos los empleados que tengan contrato formal, incluyendo quienes laboran por días o medio tiempo.
¿Cómo se calcula la prima?
El valor que cada trabajador recibirá depende del salario devengado, el auxilio de transporte y el tiempo laborado durante el semestre. La fórmula es clara:
(Salario mensual + auxilio de transporte) × días trabajados ÷ 360
Por ejemplo, un empleado que devenga el salario mínimo en 2025, fijado en \$1.423.500, con un auxilio de transporte de \$200.000 y que haya trabajado los 180 días del semestre, recibirá:
(\$1.423.500 + \$200.000) × 180 ÷ 360 = \$811.750
En casos donde el trabajador no haya laborado todo el semestre —por ingresos recientes, licencias o retiros— el cálculo se ajusta proporcionalmente.
¿Incluye horas extra y recargos?
Sí. Las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos hacen parte del salario base para el cálculo de la prima, siempre que sean habituales.
Para 2025, el valor de la hora ordinaria es de \$6.189. Así se liquidan las horas adicionales:
*Hora extra diurna (25%): \$7.414
*Hora nocturna (35%): \$8.007
*Hora extra nocturna (75%): \$10.379
*Domingos y festivos con recargo nocturno (110%): \$12.455
*Hora extra dominical o festiva (100%): \$15.472
Estos valores deben sumarse al salario mensual al momento de realizar el cálculo si se han devengado de forma regular.
¿Qué pasa si no se paga a tiempo?
El no pago oportuno de la prima de servicios puede acarrear sanciones para el empleador, incluyendo el pago de intereses moratorios y acciones legales por parte del trabajador. Por ello, el Ministerio de Trabajo recuerda a las empresas que la fecha límite para cumplir con esta obligación es el 30 de junio.
Un derecho irrenunciable
La prima de servicios no es un bono ni una bonificación: es una obligación legal que busca reconocer el esfuerzo del trabajador durante el semestre. Todos los empleados formales, sin importar el tipo de contrato, tienen derecho a recibirla. Incluso los días de licencia por maternidad o incapacidad se consideran tiempo laborado para este fin.
Con esta guía, trabajadores y empleadores pueden anticiparse al cálculo y cumplimiento correcto de la prima de mitad de año, garantizando el respeto de los derechos laborales y el buen funcionamiento de las relaciones contractuales.