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Apoderado del Fondo Colombia en Paz habría cometido fraude procesal

Judicial

Por no acatar una medida cautelar, ordenada por un juez de la República, Juan José Duque, al ejercer como representante legal, administrador y vocero del Consorcio Fondo Colombia en Paz 2019, podría estar en aprietos al negarse a cumplir una orden de embargo contra Miguel Andrés Valderrama Medina, uno de los socios de la firma del contrato de obra número 111 del 23 de abril del 2020.

De acuerdo con informaciones suministradas a La Última, Juan José Duque no solo omitió la medida cautelar a favor de una empresa huilense, pese a tener conocimiento emitido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Neiva, sino que certificó y aprobó la sesión de derechos económicos de Valderrama a un tercero, sin los requisitos legales; con el objetivo, aparentemente de evitar que al socio del Consorcio se le descontará el dinero de la deuda, ordenado por el Juez.

Según el informe, Miguel Valderrama, socio del consorcio FAM, radicó en mayo 28 del 2020, una cesión de derechos económicos a nombre de un tercero; Duque Liscano, como representante legal le respondió el 9 de junio que no era posible legalizar y aceptar dicho documento, pues había en contra de Valderrama, un proceso ejecutivo radicado 10 días antes, por valor de 435 millones de pesos y mientras no resolviera dicha situación, no podría hacer la cesión.

Miguel Valderrama radica el 27 de mayo una cesion de derechos economicos en nombre de un tercero.
El 9 de junio el gerente del Consorcio Fondo Cololmbia En Paz 2019 Juan José Duque, rechazó la cesión por haber una orden de embargo.

El fraude

Gracias a la documentación adquirida por La Última y que reposa en la plataforma ORFEO, Duque Liscano no solo omitió la medida cautelar, sino aún más grave, certificó y aprobó la sesión de los derechos económicos de Valderrama a nombre un tercero identificado como Mario Murrillo, induciendo aparentemente al juez a caer en el error.

Después de varios oficios radicados por Valderrama, tratando de evitar que el Consorcio le descontará los dineros; el 11 de septiembre del año 2.020, Juan Jose Duque, le informó a su socio que mediante auto de fecha 19 de agosto de 2.020, se ordenó el embargo de su participacion en el Consorcio FAM y que él procederá a darle cumplimiento a la medida, toda vez que ellos son ejecutores de las ordenes judiciales. En consecuencia, le informa que no es procedente la aprobacion de ninguna de las cesiones de derechos economicos que él solicitaba.

Oficio donde JuannJose Duque le niega la cesión de Derechos y se compromete a adelantar el embargo, tal como lo ordenó el Juzgado.

El giro inesperado, sumado a varias ‘triquiñuelas’, ocurrió el 23 de septiembre del 2020, después de que Duque ratificará la orden de embargo, le pide sorpresivamente al juez aclarar el monto de la retención de los dineros, pese a que se había determinado que fuera el 10%. El juez niega la solicitud y le ratifica al consorcio la orden de retener dicho dinero en contra de Valderrama.

Después de actuar acorde a la orden judicial, Duque Liscano cambio su buen proceder y “volteo” su posición, pues el 26 de octubre del 2020, sin ningún argumento válido y soporte jurídico le aprueba a Valderrama, a través de un oficio con fecha de julio 27 del año 2020, la cesión de los derechos económicos a nombre de un tercero.

Y sólo al año, es presentado ante el Juez Primero informándole que había sido notificado del embargo el 28 de mayo pese a que el mismo gerente del consorcio Fondo Colombia en Paz, le había notificado a Valderrama que no podía adelantar la cesión por un oficio de retención del 10 por ciento del dinero que le correspondía, yendo en contra de la medida cautelar ordenada por el Juez y de sus propios actos.

Solo un año después Duque Liscano radica ante el Juez el oficio de aprobación de la cesión de los derechos económicos

El delito

Según los expertos, el director, apoderado del Consorcio Colombia en Paz, Juan José Duque, estaría presuntamente incurriendo en los delitos de fraude procesal, fraude en Resolución Judicial y falsedad en documento.

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